jueves, 30 de julio de 2009

II CONCURSO INTERNACIONAL DE MARINERA EN SANTIAGO DE CHILE ASISITE!!!

viernes, 3 de julio de 2009

BASES DEL II CONCURSO INTERNACIONAL DE MARINERA SANTIAGO 2009


ORGANIZACIÓN COMUNITARIA
CLUB LIBERTAD TRUJILLO – FILIAL CHILE
Constituida en 2008

II CONCURSO INTERNACIONAL DE MARINERA NORTEÑA - SANTIAGO 2009

BASES DEL CONCURSO

TITULO I: DE SU CREACION

Artículo 1: El Concurso Nacional de Marinera fue creado por el Club Libertad Trujillo en Noviembre de 1960 teniendo como objetivos fundamentales la difusión, promoción, cultivo, aprendizaje, enseñanza y desarrollo de la Marinera como expresión de los valores artísticos que emanan de los orígenes y mestizaje racial del Perú.

Artículo 2: La Marinera es el baile nacional del Perú. Trujillo es la Capital Nacional de la Marinera.

Artículo 3: La Organización Comunitaria Club Libertad Trujillo Filial Chile en adelante la Filial Chile o la Filial, fue constituida en 2008 y cuenta con personalidad jurídica chilena. La Filial es reconocida como tal por el Club Libertad Trujillo.

La Filial Chile está autorizada por el Club Libertad Trujillo a organizar concursos selectivos para el Concurso Nacional de Marinera en Trujillo, por lo tanto, se regirá por las mismas bases y parámetros para la realización de los Concursos de Marinera Norteña que esta Filial organice

Artículo 4: Como representante del Club Libertad Trujillo en Chile, la Filial está encargada de ser creadora y continuadora del Concurso de Marinera en Chile con nivel de selectivo, pudiendo establecer todos los mecanismos o sistemas organizativos destinados a cumplir los fines y objetivos que se señalan en el Art. 1 del presente instrumento, correspondiendo esa potestad a su Junta Directiva.

TITULO II: DE LOS OBJETIVOS

Artículo 5: Son fines intrínsecos del Concurso Nacional de Marinera y, por extensión, del concurso organizado por la Filial, los siguientes:

a) Promover en todos los niveles y ámbitos la práctica y correcto aprendizaje del baile de la Marinera.
b) Preservar su identidad como expresión de nuestro mestizaje nacional, cuidando mantener su esencia y raíces.
c) Estimular una sana competencia que permita descubrir a los mejores cultores del baile a fin de que sean reconocidos y premiados y pasen, como pareja, a la primera final del Concurso Nacional de Marinera.

TITULO III: DE LOS PARTICIPANTES

Artículo 6: Pueden participar en el II Concurso Internacional de Marinera – Santiago 2009 todas las personas que se identifiquen con los objetivos enunciados en las presentes bases y que acepten los reglamentos que lo rigen. No esta permitida la participación como concursantes de las ex-reinas del Concurso Nacional de Marinera ni de los Campeones en su misma Categoría.

Los integrantes de la pareja Campeona del año anterior, juntos o por separado no podrán participar en la Categoría en la que entregan el Título.

Artículo 7: La Categoría Adultos es la más importante del Concurso y es la que cierra el certamen erigiendo a los Campeones del II Concurso Internacional de Marinera.

Artículo 8: El Club Libertad Trujillo Filial Chile es quien, siguiendo las pautas del Club Libertad Trujillo elabora los reglamentos y requisitos que rigen el Concurso.

TITULO IV: DE LA INSCRIPCION

Artículo 9: Las inscripciones se efectuarán durante los días y horas señalados en el cronograma elaborado por la comisión organizadora del Concurso.

Artículo 10: Los documentos que se presenten serán auténticos. La trasgresión, falsía o adulteración de los documentos originará inhabilitación perpetua para los mayores de edad y para los menores hasta que alcancen su mayoría de edad.

Artículo 11: La inscripción es por parejas de distinto sexo y por categorías definidas por el año de nacimiento de los participantes.

DEFINCION DE LAS CATEGORÍAS

Categoría Pre-infantes: Nacidos el año 2003, 2004, etc.
Categoría Infantes: Nacidos el año 2000, 2001,2002.
Categoría Infantil: Nacidos el año 1996, 1997, 1998,1999.
Categoría Júnior: Nacidos el año 1992, 1993, 1994,1995.
Categoría Juvenil: Nacidos el año 1988, 1989, 1990,1991.
Categoría Adultos: Nacidos el año 1974 hasta el año 1987.
Categoría Senior: Nacidos el año 1960 hasta el año 1973.
Categoría Master: Nacidos el año 1959, 1958, 1957, 1956, 1955, etc.


La falsificación y/o alteración de documentos, para sorprender al organizador respecto a las edades de los concursantes u otra mala información importante originarán una denuncia por delito a la fe pública y el retiro de toda mención honorífica lograda con este engaño, quedando el infractor separado de los concursos de por vida, de acuerdo a lo señalado en artículo 10 de las presentes bases. Esta medida se aplicará además en todos los concursos que son auspiciados por el Club.

Artículo 12: Pasarán directamente a la primera final del concurso Nacional de Marinera en Trujillo las parejas que hayan obtenido el primer lugar en cada una de las categorías del II Concurso Internacional organizado por la Filial Chile. Es condición indispensable que las parejas se mantengan como tales, ya que, de separarse, los integrantes individuales pierden este derecho.
Aclaración I: por lo general la primera final se realiza el último día del Concurso Nacional de Marinera, como tanda inicial, sin perjuicio que la organización de dicho evento decida cambiar el calendario.
Aclaración II: la Filial no está obligada a financiar la participación de las parejas campeonas en el Concurso Nacional de Marinera.

Artículo 13: Todos los concursantes serán ordenados en categorías, las mismas que serán fijadas por el reglamento que forma parte de estas bases. La categoría que corresponderá a parejas formadas por personas de categorías diferentes se definirá por la persona de mayor edad.
La organización se reserva el derecho de unir o fusionar categorías en las que se inscriban 3 parejas o menos.

TITULO V: DE LA VESTIMENTA

Artículo 14: La vestimenta forma parte fundamental del esfuerzo peruanista que se expresa en la Marinera como baile Nacional del Perú. Por ello debe reflejar auténticamente a la región que busca representar respetando su autenticidad y tradición.

Artículo 15: La autenticidad de la vestimenta formará parte importante del criterio de los jurados al momento de evaluar la participación de cada una de las parejas.
El jurado, a su juicio, descalificará a las parejas que considere que no se encuentran adecuadamente vestidas, según lo dispuesto en este artículo.

TITULO VI: DE LAS BANDAS Y ACOMPAÑAMIENTOS MUSICALES

Artículo 16: El II Concurso Internacional de Marinera Norteña Filial Chile se desarrollará con la participación de bandas musicales típicas. Estas deben tener la calidad musical interpretativa que requiere un evento de tal importancia y magnitud. Alternativamente se podrá utilizar música pregrabada.

Artículo 17: El Directorio del Club Libertad Filial Chile con la participación del Director de la banda oficial del concurso escogerá los temas de Marinera que participan en las diferentes etapas del Concurso.

Artículo 18: Los temas seleccionados para el II Concurso Internacional de Marinera – Santiago 2009 se publicarán oportunamente.

En las etapas de clasificación y semifinal se interpretará en 1ra y 2da el mismo tema. Para la etapa final la primera y la segunda serán interpretadas con temas diferentes.

TITULO VII: DE LOS RECLAMOS Y SANCIONES

Artículo 19: Las parejas finalistas que, en claro desacuerdo con el fallo del jurado, arbitrariamente se ubiquen en el podium en un lugar que no les corresponde, serán automáticamente suspendidas por dos años para participar en el Concurso Nacional.

Artículo 20: Las sanciones, obligaciones o inhabilitaciones que se desprenden de las presentes bases y reglamentos forman parte de la estructura nacional e internacional de los Concurso Nacional de Marinera de Trujillo y selectivos reconocidos por el Club Libertad Trujillo.

TITULO VIII: DE LOS PREMIOS

Artículo 21: El II Concurso Internacional de Marinera establece premios honoríficos y/o premios pecuniarios.

Artículo 22: La Filial dará a conocer el monto y distribución de los premios por categorías, de manera oportuna, previo al día de la realización del concurso.

TITULO IX: DEL JURADO

Artículo 23: El Directorio de la Filial designará el Jurado, el mismo que estará integrado por personas mayores de edad de reconocida integridad moral, versadas y con pleno conocimiento de la Marinera, de sus orígenes, raíces culturales, evolución y desarrollo.

Artículo 24: El jurado elegirá, entre sus integrantes, a un Presidente del jurado, el cual tendrá la potestad de dirimir los resultados en caso de empates, desacuerdos, confusiones, diferencia de interpretaciones o de cualquier situación de duda que se genere durante la evaluación y calificación de los participantes. Su decisión será inapelable.

Artículo 25: La directiva de la Filial podrá, a su juicio, declinar en aceptar la participación de personas cuya imparcialidad como integrante del jurado, pueda ser cuestionable.

TITULO X: REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO Y CALIFICACION

Artículo 26: Para la calificación el Jurado deberá tener en cuenta lo dispuesto por el Título II que se refiere a los fines del concurso.

Artículo 27: Los Jurados en el proceso de calificación tomarán en cuenta los siguientes aspectos puntuales como parámetros de calificación:

a) Aplomo, personalidad y espontaneidad.
b) Gracia, entendida como garbo y donaire en la ejecución del baile.
c) Coordinación y comprensión no desprovista de naturalidad.
d) Zapateo, comprendido como el cenit del baile. Es el instante glorioso, la alegría y la comunicatividad en la fiesta, exige elegancia, ritmo y afiatamiento.
e) Autenticidad y calidad de la vestimenta.

Artículo 28: La puntuación dentro de la calificación, se hará de la siguiente manera:

a) En las eliminatorias, de uno a cinco puntos (1 a 5).
b) En la semifinal, de tres a cinco puntos (3 a 5).
c) En la final, se designará con los términos: primer, segundo y tercer puesto.

El mecanismo de votación será el siguiente:

ÿ La votación será secreta y recopilada inmediatamente después de finalizada cada tanda, para ser contabilizada en la Mesa de Control.
ÿ La Mesa de Control se instalará al inicio del concurso y estará formada por personas designado por la directiva de la Filial.
ÿ El recuento de votos será verificado por un notario público o un ministro de fe designado por la Comisión Organizadora y que estará ubicado en la Mesa de Control.
ÿ Las academias o bailarines participantes podrán designar representantes que acompañen a la Mesa de Control en el monitoreo del recuento de votos.
ÿ El resultado del recuento de votos será dado a conocer por el animador el Concurso oportunamente antes de iniciar la fase siguiente.

Artículo 29: En los casos de empate en cualquiera de las etapas se recurrirá al puntaje anterior obtenido el mismo día de la final, en caso de persistir se recurrirá al de eliminatoria. En caso de persistir el empate, el Presidente del Jurado será el que dirima, siendo su decisión inapelable.

Artículo 30: El concurso se desarrollará con las siguientes fases:

ÿ Eliminatoria: participan todas las parejas inscritas en cada categoría, en tandas de 3 a 4 parejas.
ÿ Semifinal: participan los 6 mejores puntajes de las eliminatorias en dos tandas de 3
ÿ Final: participan los tres mejores puntajes de la semifinal

En caso que la cantidad de parejas inscritas no permita completar la cantidad de parejas indicada por fase, el Jurado podrá redistribuir las fases a su criterio, procurando que siempre en la final se llegue con 3 parejas.

Artículo 31: Las Marineras a interpretarse en cada tanda serán escogidas por sorteo. El Directorio designa a la persona que lo efectúa y comunica públicamente a la Banda de músicos.

Artículo 32: Una vez escogidas las tres parejas finalistas se bailaran las Marineras que el Directorio del Club Libertad elija.

TITULO XI: DE LAS OBLIGACIONES DE LOS CAMPEONES

Artículo 33: Todas las parejas que ocupen el primer lugar en cada categoría están comprometidas a efectuar, en el lugar que la entidad organizadora del II Concurso Internacional de Marinera determine, seis (6) presentaciones sin remuneración alguna, durante el año de vigencia de su título.
Los viáticos, en caso de darse, serán los que defina por la entidad organizadora de cada evento, sin responsabilidad para la Filial, la cual solo se limitará a solicitarlos, en caso necesario.

Artículo 34: Las participaciones públicas de los campeones en cualquier lugar deben ser solicitadas a la Filial, la cual deberá autorizarlas, durante el año en que ostentan su título. La Filial se reserva el derecho de autorizar o no la misma. En presentaciones no autorizadas por la Filial las parejas no podrán exhibir los símbolos de campeón otorgados por el Club Libertad.

Artículo 35: Del cumplimiento del artículo anterior dependerá su participación en la apertura de categoría durante el desarrollo del concurso del año siguiente, pudiendo ser reemplazada por la pareja que hubiera ocupado el puesto inmediato. En caso de incumplimiento a estas obligaciones la Filial, a su juicio, sancionará a la pareja con el retiro de su calidad de campeón y de su derecho a participar en el Concurso Nacional de Marinera de Trujillo - Perú.

DISPOSICIONES GENERALES


Artículo 36: El Club Libertad podrá tomar disposiciones en cuanto al adecuado ambiente en que se realiza el concurso regulando la participación de las barras, cuidando que no interfieran con el concurso mismo o alterando el derecho del público.


Artículo 37: la Comisión Organizadora regulara el acceso de las personas al recinto en el cual se realizará el concurso. Solamente las parejas participantes podrán ingresar a las áreas designadas para su concentración previo a su participación. Cualquier ingreso de persona no autorizada será causal de descalificación de la pareja a la cual dicha persona esté acompañando.
En el caso de niños y niñas menores que requieran atención especial se autorizará a un acompañante por pareja y previa presentación de su entrada al evento, autorización esta que deberá ser gestionada ante el Coordinador designado por la comisión.

Artículo 38: Los hijos y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad de los directivos de la Comisión Organizadora no pueden participar.

Artículo 39: Aquellos participantes que ocupen lugares secundarios en el Concurso no podrán por su propia iniciativa confeccionarse bandas o distintivos relacionados al evento. Aquellos que así lo hicieran serán automáticamente inhabilitados para participar en los concursos que el Club Libertad y sus filiales auspicie y/u organicen, sin perjuicio de las acciones legales indicadas en el Articulo 40 de estas bases..

Artículo 40: La Organización Comunitaria Club Libertad Trujillo Filial Chile es la única autorizada a usar los signos, símbolos e imágenes pertenecientes al Club Libertad Trujillo o relacionados con el II Concurso Internacional de Marinera, los cuales tienen derechos reservados, por lo que serán penados quienes usen, abusen y/o lucren con los mismos, con las demandas correspondientes por uso indebido de la propiedad intelectual, marcas comerciales y patentes.
La Filial tiene además propiedad intelectual de este evento y por consiguiente de todo material visual, grafico, escrito, auditivo que se genere antes, durante y después del Concurso y todas las actividades relacionadas con éste.

Artículo 41: El solo hecho de inscribirse para participar en el II Concurso Internacional de Marinera Norteña, Santiago 2009 organizado por la Organización Comunitaria Club Libertad Trujillo Filial Chile, da por entendido que las parejas inscritas aceptan y se obligan a las disposiciones, obligaciones, reconocimientos, sanciones y demás situaciones descritas en el presente reglamento. Para ello las parejas firman al pie de este documento, en señal de aceptación, al momento de su inscripción. En el caso de menores de edad, firman los padres o apoderados.